El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Esta ayuda se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social.
Para ser beneficiario de esta presentación las personas que la soliciten deben encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
– Hayan vivido de forma independiente durante al menos los 3 años anteriores a la solicitud.
– Alta en la Seguridad Social al menos doce meses, continuados o no, siempre que acredite domicilio distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los tres años.
– Edad entre 23 y 65 años.
– Mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores a cargo.
– Mayores de 65 años, si la unidad de convivencia está solo formada por personas mayores de 65 años y menores de edad o personas incapacitadas judicialmente.
Si formas parte de una unidad de convivencia, ésta debe estar constituida de forma continuada durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
Los requisitos que se deben cumplir en el momento de la presentación de la solicitud y durante el tiempo de la percepción de la prestación son: tener residencia en España durante al menos el año anterior a presentar la solicitud, haber solicitado la pensiones y prestaciones a as que pueda tener derecho en los términos que se fijen, figurar inscritos como demandantes de empleo, o estar en situación de vulnerabilidad económica. En este último caso, no se debe tener ni un patrimonio ni renta superior a los límites establecidos en la siguiente tabla:
Si se reúnen los requisitos anteriores, la cuantía de la prestación se calcula restando a la renta garantizada, según el tipo de unidad de convivencia, los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar. Por ejemplo, una unidad familiar formada por una madre y dos hijos menores de edad, cuyos ingresos anuales ascienden a 3.500€, tendría derecho al ingreso mínimo vital calculando su cuantía de la siguiente forma:
NIVEL DE RENTA GARANTIZADO – INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR = IMV
10.079,16 euros/año – 3.500,00 euros/año = 6.579,16 euros/año
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Esta ayuda se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social.
Para ser beneficiario de esta presentación las personas que la soliciten deben encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
– Hayan vivido de forma independiente durante al menos los 3 años anteriores a la solicitud.
– Alta en la Seguridad Social al menos doce meses, continuados o no, siempre que acredite domicilio distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los tres años.
– Edad entre 23 y 65 años.
– Mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores a cargo.
– Mayores de 65 años, si la unidad de convivencia está solo formada por personas mayores de 65 años y menores de edad o personas incapacitadas judicialmente.
Si formas parte de una unidad de convivencia, ésta debe estar constituida de forma continuada durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
Los requisitos que se deben cumplir en el momento de la presentación de la solicitud y durante el tiempo de la percepción de la prestación son: tener residencia en España durante al menos el año anterior a presentar la solicitud, haber solicitado la pensiones y prestaciones a as que pueda tener derecho en los términos que se fijen, figurar inscritos como demandantes de empleo, o estar en situación de vulnerabilidad económica. En este último caso, no se debe tener ni un patrimonio ni renta superior a los límites establecidos en la siguiente tabla:
Si se reúnen los requisitos anteriores, la cuantía de la prestación se calcula restando a la renta garantizada, según el tipo de unidad de convivencia, los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar. Por ejemplo, una unidad familiar formada por una madre y dos hijos menores de edad, cuyos ingresos anuales ascienden a 3.500€, tendría derecho al ingreso mínimo vital calculando su cuantía de la siguiente forma:
NIVEL DE RENTA GARANTIZADO – INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR = IMV
10.079,16 euros/año – 3.500,00 euros/año = 6.579,16 euros/año